Modelo de contrato de prestación de servicios – aradura, siembra y cosecha
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Modelo de contrato de prestación de servicios – aradura, siembra y cosecha

En [___], a [___] de [___] de [___], comparecen don/ña [___], de profesión/oficio [___], cédula nacional de identidad número [___], en representación de la Sociedad [___], del giro [___], rol único tributario número [___], ambos domiciliados en calle [___] número [___], oficina número [___], de la ciudad de [___], en adelante, la «empresa»; y don/ña [___], de profesión/oficio [___], cédula nacional de identidad número [___], domiciliado en [___] número [___], oficina/departamento número [___], de la ciudad de [___], en adelante, el «agricultor»; y expresan que han convenido en el siguiente contrato de prestación de servicios:

PRIMERO. Por el presente instrumento, la Empresa encarga la prestación de los siguientes servicios al agricultor, quien junto con aceptarlo declara que lo efectuará con maquinaria propia:

a) aradura del potrero «[___]», del fundo denominado «[___]», ubicado en la localidad de [___], de la comuna de [___], de la [___]a región, que tiene una superficie aproximada de [___] hectáreas (cuadras), que se deberá hacer con arado [___], a una profundidad de [___] centímetros;

b) rastreadura del mismo potrero;

c) siembra de semilla de [___], que proveerá el propietario, en las siguientes condiciones y plazos:

[___].

[___].

[___].

d) cosecha de la producción del potrero referido, que se deberá hacer oportunamente, bajo apercibimiento de no pagársele ni la cosecha, ni el saldo que se adeude.

Los servicios referidos, incluyen (o no incluyen) el desmalezamiento del campo.

SEGUNDO. La Empresa pagará, al agricultor, por concepto de sus honorarios, el equivalente en pesos a [___] unidades de fomento, los que se pagarán de la siguiente manera:

a) un tercio, de contado, en este acto, que el agricultor declara recibir en dinero en efectivo a su entera satisfacción;

b) otro tercio, al término de las faenas de siembra y aradura; y

c) el tercio restante se efectuará en la cosecha, al término de ésta.

TERCERO. En caso de no existir fijación oficial del valor de la UF, a la fecha de pago, se considerará como tal, para los efectos del entero del precio, el último valor fijado para dicha UF, reajustado conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) emanado del Instituto Nacional de Estadísticas o del Organismo que lo suceda o reemplace, entre la fecha que hubiere regido ese último valor y la del pago efectivo.

CUARTO. El agricultor emitirá y entregará, a la Empresa, la boleta de honorarios correspondiente al valor de los servicios convenidos, al momento de su pago. La empresa retendrá el 10% por concepto de impuesto, que ingresará en arcas fiscales.

QUINTO. Se deja constancia de que el agricultor es un trabajador independiente, que no tiene ningún vínculo de subordinación con la Empresa, ni horario; ninguna de las características de los dependientes empleados. En consecuencia, el presente contrato no es, de ningún modo, contrato de trabajo, ni genera otros derechos que los que se estipulan, expresamente, más adelante. Su labor la realizará sin horario, en el predio individualizado. Si fuere necesario contratar una o más personas, se hará con consentimiento expreso de la empresa, tanto en cuanto a la contratación misma, como en lo atinente a la calidad y nombre de la o de las personas; pero el contrato lo celebrará el agricultor a su propio nombre y cargo, por lo que será él el único responsable por el pago de las remuneraciones, indemnizaciones e imposiciones previsionales y de salud que correspondieren.

SEXTO. El agricultor deberá proveer las semillas, materiales, herramientas y maquinaria para la aradura, siembra y cosecha. Los gastos en que incurra por este concepto serán pagados por la empresa, la que, para tal efecto, otorga un anticipo de $[___].

El agricultor deberá justificar los gastos con las correspondientes facturas y boletas.

SÉPTIMO. Cualquier modificación, ya sea total o parcial de una cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente Contrato, y de los derechos y obligaciones que de ellas emanan para las Partes, deberá ser efectuada por convenio escrito, el cual entrará en vigor, sólo una vez que éste se encuentre debidamente firmado por ambas Partes.

OCTAVO. El presente Contrato, debidamente firmado por las Partes, contiene el completo y total entendimiento entre las Partes acerca de las materias en él contempladas, y reemplaza y sustituye a todos los acuerdos previos, orales o escritos, relativos a la misma materia.

NOVENO. Cualquier aviso, notificación, solicitud, reclamo o comunicación que se efectúe entre las Partes con ocasión de este Contrato, y que no tengan señalado un cauce específico en el mismo, deberá ser hecha por escrito y se considerará recibida por el destinatario en la fecha de su recepción cuando sean enviadas por correo o entregadas en persona, en ambos casos con acuse de recibo. Toda correspondencia y notificaciones relacionadas con el presente Contrato deberán dirigirse a las siguientes direcciones, salvo que cualquiera de las Partes comunicare por carta certificada dirigida a la otra el cambio de domicilio, con a lo menos ….. días hábiles de anticipación:

A. Respecto de [___]

Dirección: [___].

Atención: [___].

B. Respecto de [___]

Dirección: [___].

Atención: [___].

Las Partes podrán cambiar los nombres de aquellas personas que deban recibir notificaciones en su representación y sus respectivas direcciones siempre que tal notificación sea debidamente enviada a la otra Parte de conformidad con esta cláusula.

DÉCIMO. La renuncia a cualquier plazo o condición contenida en este Contrato sólo será válida si se efectúa por escrito y no será considerada como una renuncia a algún derecho derivado de un incumplimiento posterior o a otro plazo o condición del Contrato.

UNDÉCIMO. Este Contrato redundará en beneficio y será de cumplimiento obligatorio de las Partes y de sus sucesores legales y cesionarios autorizados. Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente sus derechos bajo este Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte.

DUODÉCIMO. La falta o demora en el ejercicio por alguna de las Partes de algún derecho establecido en este instrumento, no importará una renuncia de él. Asimismo, el ejercicio individual o parcial de dichos derechos no provoca la preclusión de su ejercicio conjunto o total, así como tampoco el de los demás derechos referidos en este Contrato o que la ley reconozca a las Partes.

DECIMOTERCERO. Todos los plazos de días establecidos en el presente Contrato serán de días corridos a menos que expresamente se establezca lo contrario. Los plazos se computarán en la forma establecida en el artículo 48 del Código Civil. En consecuencia, si alguno de los plazos del presente Contrato venciera un día sábado, domingo o festivo, este recaerá en dicho día sábado, domingo o festivo y no se prorrogará.

DECIMOCUARTO. El presente Contrato se rige por las leyes de la República de [___].

DECIMOQUINTO. Para todos los efectos legales derivados del presente Contrato, las Partes fijan domicilio en la ciudad y comuna de [___] y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.

La personería de don/ña [___] para representar a la Sociedad [___] consta de la escritura pública de fecha [___] de [___] de [___] otorgada en la notaría de [___] de don/ña [___]

En comprobante, firman [___].