Modelo de contrato de arriendo de propiedad agrícola para cosecha
Contratos Derecho Civil Modelos

Modelo de contrato de arriendo de propiedad agrícola para cosecha

En [____], a [____] de [____] de [____], comparecen don/ña [____], de nacionalidad [____], de profesión [____], estado civil [____], domiciliado/a en [____] número [____], oficina/departamento número [____], de la comuna de [____], ciudad de [____], cédula nacional de identidad número [____], en adelante, el «Arrendador»; y don/ña [____], de nacionalidad [____], de profesión [____], estado civil [____], domiciliado/a en [____] número [____], de la comuna de [____], ciudad de [____], cédula nacional de identidad número [____], en adelante, el «Arrendatario»; ambos mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con sus respectivas cédulas de identidad y expresaron que, por este instrumento, convienen en celebrar el siguiente contrato de arrendamiento.

PRIMERO. Don/ña [____] es dueño/a del potrero llamado «[____]», del fundo denominado «[____]», ubicado en la localidad de [____], de la comuna de [____], Provincia de [____], de la [____] Región, el que encierra una cabida de [____] hectáreas, aproximadamente, y deslinda: NORTE, en [____] metros con [____]; SUR, en [____] metros con [____]; ORIENTE, en [____] metros con [____]; y al PONIENTE , en [____] metros con [____] en adelante el «Potrero». Lo adquirió por tradición que le hizo [____], sirviendo como título la compraventa (donación, permuta, etc.) contenida en la escritura pública de fecha [____] de [____] de[____] otorgada en la Notaría de [____] de don/ña [____]. El título de dominio del Potrero se encuentra inscrito a fojas [____] número [____] del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de [____] correspondiente al año [____].

SEGUNDO. Por este acto el Arrendador da en arrendamiento al Arrendatario el Potrero, en calidad de cuerpo cierto, la que cuenta con los cultivos, siembras, animales, instalaciones y construcciones que se describen en el inventario anexo a este contrato y que se entiende formar parte del mismo.

TERCERO. Se eleva a la calidad de esencial de este contrato, que el plazo del arrendamiento será, exclusivamente, por la cosecha próxima de los siguientes productos u otros similares:

a) [____].

b) [____].

c) [____].

En consecuencia, el Arrendatario tendrá derecho de labrar, arar, rastrear, abonar, segar, usar de máquinas o de personas, cosechar, acopiar y limpiar los productos y transportarlos, sólo en el período que va desde el día [____] de [____] del año [____], y hasta el día [____] de [____] del año [____], en forma improrrogable, cualesquiera que sean las circunstancias que se produzcan, incluso la fuerza mayor.

Por lo anterior, el Arrendador podrá tomar, de hecho, con las personas que desee, por sí o por terceros, el potrero, o darlo en arrenda miento o comodato, o en la forma que desee; y proceder, por sí o por terceros, a trabajar, o hacer trabajar la tierra.

CUARTO. La renta mensual de arrendamiento es el equivalente a [____] quintales de trigo blanco, puesto Estación (o equivalente a [____] sacos de papa), y se pagará en la siguiente forma:

a) con la cantidad de [____] pesos equivalente a [____] quintales de trigo, al precio del día de hoy (de ____________ pesos por quintal), y

b) con dos cuotas iguales de [____] quintales, su valor en pesos, los días [____] de [____] y [____] de [____] del año [____].

Si el Arrendatario no pagara cualquiera de las cuotas, no podrá retirar el producto desde el potrero.

QUINTO. El Arrendatario estará obligado, además, a pagar puntualmente, los consumos de luz y agua potable. El atraso de un mes en cualquiera de los pagos indicados, dará derecho, al Arrendador, para solicitar la suspensión de los servicios respectivos.

SEXTO. En caso de simple atraso en el pago de las cuotas señaladas, el Arrendatario pagará, además, el máximo del interés que la ley permite estipular. Además, el Arrendatario se obliga, en caso de mora o por el simple retardo en la entrega del Potrero, a pagar el equivalente a [____] por ciento diario de la renta, al valor d el producto del día del pago.

SÉPTIMO. Se eleva a la calidad de esencial de este contrato, el que queda prohibido al Arrendatario subarrendar, ceder o transferir a cualquier título el presente contrato, o destinar el Potrero a un objeto diferente del convenido en el presente Contrato; hacer variaciones en éste sin previa consulta y aprobación del Arrendador. Queda, igualmente, prohibido dar el predio en mediería o en aparcería, en asociación, en sociedad o en cualquiera otra forma.

OCTAVO. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto Ley Nº 993 y 75 bis del Código Tributario, el Arrendador declara que es contribuyente del impuesto de primera categoría determinado sobre la base de renta efectiva determinada por contabilidad completa (o bien: que está sujeto al régimen de renta presunta), por lo que el presente contrato podrá hacerse valer ante las autoridades judiciales y administrativas que correspondan (y si es por escritura pública: «y tendrá, asimismo, mérito ejecutivo»).

NOVENO. El Arrendatario se compromete a efectuar las siguientes mejoras en el fundo [____], en los siguientes plazos [____].

Esas mejoras le serán reembolsadas en la siguiente forma: [____].

El Arrendatario podrá hacer las siguientes mejoras, que no le serán reembolsadas quedando de beneficio del predio: [____] (o queda prohibido al Arrendatario efectuar todo otro tipo de mejoras o modificaciones, sin permiso escrito del Arrendador).

DÉCIMO. Son condiciones y obligaciones esenciales del presente contrato, cuya infracción será causal de terminación anticipada del mismo, sin perjuicio de indemnizar los demás daños del caso, las siguientes:

a) Que el Arrendatario deberá conservar las plantas, los árboles y bosque del Potrero;

b) Que para sembrar, el Arrendatario no podrá derribar ningún árbol;

c) Que para leña, el Arrendatario sólo podrá usar las ramas secas de los árboles;

d) Que en cuanto a los cultivos, [____].

Queda, asimismo prohibido, al Arrendatario, [____].

UNDÉCIMO. El Arrendatario está, especialmente, obligado a cumplir todas las disposiciones contractuales, legales y reglamentarias sobre protección y conservación de los recursos naturales, respecto de los existen tes dentro del Potrero y de todos aquellos que sirvan para su explotación.

DUODÉCIMO. A fin de garantizar la conservación del Potrero y su restitución en el mismo estado en que la recibe; la devolución y conservación de las especies y artefactos que se indicarán en el inventario; el pago de los perjuicios y deterioros que se causen en el Potrero arrendado, sus servicios e instalaciones; y, en general, para responder del fiel cumplimiento de las estipulaciones de este contrato, el Arrendatario entrega, en garantía, en este acto, al Arrendador, la cantidad de [____] Unidades de Fomento que el Arrendador se obliga a restituirle por igual equivalencia dentro de los [____] días siguientes a la fecha en que le haya sido entregada, a su satisfacción, el Potrero arrendado; quedando el Arrendador, desde ahora, autorizado para descontar de la garantía, el valor de los deterioros y perjuicios de cargo del Arrendatario que se hayan ocasionado, como, asimismo, el valor de las cuentas pendientes de energía eléctrica y d e agua.

El Arrendatario no podrá, en caso alguno, imputar la garantía al pago de la renta de arrendamiento, ni aun tratándose de la renta del mismo mes.

DECIMOTERCERO. Si el Arrendador vendiese o transfiriese el Potrero arrendado antes del vencimiento del presente contrato, el nuevo propietario estará obligado a mantenerlo en los mismos términos, salvo acuerdo en contrario, por escrito, con el Arrendatario.

DECIMOCUARTO. El Arrendatario deberá conservar, también, a su costa y en estado satisfactorio, las casas, bodegas y galpones que se le entreguen, y tomar seguro contra incendio de las mismas, por la suma de [____] pesos y cuyo beneficiario sea el Arrendador; para reponer estas construcciones en caso de siniestro. Este seguro se reajustará [____].

Conjuntamente, las partes firman un inventario de las especies y edificaciones del Potrero que se entiende formar parte del presente contrato.

DECIMOQUINTO. El Arrendador se reserva el derecho de visitar el Potrero, por sí o por un mandatario, en cualquier tiempo, para conocer su estado de cuidado, conservación y explotación; comprometiéndose, el Arrendatario, a otorgarle las facilidades necesarias.

DECIMOSEXTO. El Arrendatario recibe el Potrero en el estado que se encuentra actualmente, que es conocido de él , y deberá mantener en buen estado los caminos y cierros, como también deberá mantener en buen estado las acequias regadoras y los canales de acceso, haciéndoles las reparaciones que normalmente se requieran.

DECIMOSÉPTIMO. Dentro del fundo, el Arrendatario no podrá explotar los montes y deberá cuidar de preservar, debidamente, el medio ambiente y la ecología.

DECIMOCTAVO. El incumplimiento por parte del Arrendatario de una cualquiera de las obligaciones del presente contrato facultará expresamente al Arrendador para poner término inmediato al mismo, pudiendo solicitar la restitución del Potrero sin sujeción a plazo alguno. Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Arrendador de solicitar el cumplimiento forzado de la respectiva obligación y de demandar los perjuicios respectivos y que las partes evalúan de común acuerdo, a modo de cláusula penal, en el equivalente en pesos chilenos del día de pago de [____] UF por cada día de atraso en el cumplimiento de la respectiva obligación. Dicha cláusula penal no exime al Arrendatario de la responsabilidad de indemnizar al Arrendador por los perjuicios mayores que pudiese acreditar.

DECIMONOVENO. Cualquier modificación, ya sea total o parcial de una cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente contrato, y de los derechos y obligaciones que de ellas emanan para las partes, deberá ser efectuada por convenio escrito, el cual entrará en vigor, sólo una vez que éste se encuentre debidamente firmado por ambas partes.

VIGÉSIMO. El presente Contrato se rige por las leyes de la República de Chile.

VIGÉSIMO PRIMERO. Todos los gastos notariales de este contrato se pagarán por mitad entre las partes (o sólo por el Arrendatario).

VIGÉSIMO SEGUNDO. Para todos los efectos legales derivados del presente Contrato, las Partes fijan domicilio en la comuna de [____], ciudad de [____], y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

VIGÉSIMO TERCERO. El presente contrato se extiende y firma en dos ejemplares de idéntico tenor, valor y fecha, quedando uno en poder de cada parte.

En comprobante, firman [____].