Modelo de demanda de alimentos padres por discapacidad sobreviniente de hijo merinoabogados
Derecho de Familia Modelos

Modelo de demanda de alimentos padres por discapacidad sobreviniente de hijo

EN LO PRINCIPAL: Demanda de alimentos; PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos que indica; SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente; TERCER OTROSÍ: Solicito decretar alimentos provisorios; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y poder.

S.J.L. DE FAMILIA

[_______], nacionalidad [_______], estado civil [_______], profesión u oficio [_______], cédula nacional de identidad N° [_______], domicilio en [_______] comuna [_______], a US. respetuosamente digo:

Que mediante esta presentación y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 254 del Código de Procedimiento Civil, 321 y siguientes del Código Civil, artículo 55 y siguientes y pertinentes de la Ley N° 19.968 sobre Tribunales de Familia, vengo en deducir demanda de alimentos en contra de [_______], profesión u oficio [_______], cédula nacional de identidad [_______], domicilio [_______], a fin de que de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho que pasó a exponer a US. lo condene al pago de la pensión de alimentos que reclamo por intermedio de este libelo, a saber:

HECHOS

1. Antecedentes de hecho respecto al demandado y alimentante en relación con el solicitante alimentario.

2. Mediante esta demanda, resulta procedente ordenar el pago de las siguientes sumas como pensión alimenticia ya que los montos reclamados se traducen en las efectivas y reales necesidades del alimentario de autos, los que, por cierto, el demandado se encuentra obligado, tanto en su existencia como en sus facultades socioeconómicas a asumirlas, a saber:

a) Gastos de salud.

b) Alimentación.

c) Habitación.

d) Bienestar

3. Incapacidad física o mental que aqueja al alimentario.

4. Debo reiterar a US. que todas las sumas señaladas y reclamadas son estrictamente necesarias.

DERECHO

Prescribe el artículo 320 del Código Civil, que los padres deberán alimentos a sus hijos. Asimismo, el artículo 323 del mismo cuerpo legal dispone que los alimentos deben habilitar al alimentario para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social, obligación que se extiende hasta los 21 años de edad o hasta los 28, cuando éstos se encuentren en estudios de alguna profesión u oficio.

De otro lado, el artículo 329 del Código Civil enseña que: «En la tasación de los alimentos se deberán tomar siempre en consideración las facultades del deudor y sus circunstancias domésticas».

Que de acuerdo al artículo 332 del Código Civil prescribe que «los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos para toda la vida del alimentario, continuando las circunstancias que legitimaron la demanda. Con todo, los alimentos concedidos a los descendientes y a los hermanos se devengarán hasta que cumplan veintiún años, salvo que estén estudiando una profesión u oficio, caso en el cual cesarán a los veintiocho años; que les afecte una incapacidad física o mental que les impida subsistir por sí mismos, o que, por circunstancias calificadas, el juez los considere indispensables para su subsistencia».

POR TANTO: En atención a los hechos expuestos y a lo dispuesto por los artículos 321, 332 y demás normas legales pertinentes del Código Civil, y en atención a lo dispuesto por la ley N° 14.908, y las modificaciones introducidas por la ley N° 19.741, y las normas pertinentes de la Ley N° 19.968 que Crea los Tribunales de Familia,

SOLICITO A US.: Tener por interpuesta demanda en juicio de alimentos en contra de [_______], ya individualizado, acogerla a tramitación y en definitiva dar lugar a ella en todas sus partes condenándolo a pagar una pensión por la suma de $[_______] pesos, o la que S.S. estime pertinente, con costas.

PRIMER OTROSÍ: Acompaño en el presente acto los siguientes documentos, sin perjuicio de ofrecerse e incorporarse en las oportunidades procesales correspondientes:

1. Certificado de nacimiento del alimentario.

2. Certificado de residencia del alimentario.

3. Boletas de servicios básicos del domicilio de la demandante.

4. Certificado de mediación.

SEGUNDO OTROSÍ: Ruego a S.S. tener presente que con fecha [_______] se celebró audiencia de mediación en el centro [_______] , no arribándose a un acuerdo por las partes.

TERCER OTROSÍ: En atención a mis necesidades y, a la norma del artículo 327 del Código Civil que señala expresamente la obligación del juez de fijar pensión alimenticia provisoria mientras dura la tramitación del proceso desde que se ofrezca fundamento plausible, lo cual queda claramente establecido en lo principal de esta presentación, y de acuerdo con las demás normas pertinentes de la ley N° 14.908, en su artículo 4° especialmente, y sus modificaciones introducidas por las leyes posteriores, vengo en solicitar a S.S. se decreten alimentos provisorios, mientras se ventila este proceso, teniendo en especial consideración la urgencia económica, en un monto con que pueda cubrir medianamente mis necesidades, que asciendan a la suma de $[_______] , o lo que S.S. estime de justicia decretar.

CUARTO OTROSÍ: Sírvase US. tener presente que designo como abogados patrocinantes y confiero poder al abogado [_______] y al abogado [_______] , domiciliados para estos efectos en calle [_______] , comuna de [_______] , quienes podrán actuar conjunta e indistintamente en estos autos y firman junto a mí en señal de aceptación.

Normativa relacionada

  • Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
  • Artículos 321 a 337 del Código Civil.
  • Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia.