Modelo de mandato para realizar una o varias importaciones
En [___], a [___] de [___] de [___], entre don/ña [___], de profesión [___], cédula nacional de identidad número [___], domiciliado/a en calle [___], comuna de [___], Región [___]; en adelante, «el mandante», por una parte, y por la otra, la Sociedad «[___]», compañía comercial, del giro [___], rol único tributario número [___], representada por don/ña [___], profesión/oficio [___], cédula nacional de identidad número [___], ambos domiciliados en calle [___] Nº [___], de la ciudad de [___], en adelante, «la mandataria»; ambos mayores de edad, se ha convenido en el siguiente contrato de mandato para efectuar una o varias importaciones:
PRIMERO. El mandante encarga a la mandataria la importación de [___], originario/a de [___], que será entregado en la ciudad de [___], en las condiciones siguientes: [___].
La mandataria, por este acto que adquirirá [___] para el mandante. acepta el encargo, señalando
SEGUNDO. En virtud del presente mandato la mandataria contrae las siguientes obligaciones:
a) colocar el pedido en fábrica y fijar el plazo y condiciones de la entrega;
b) abrir los acreditivos;
c) obtener el crédito para la importación por intermedio del Banco [___], y pagar el total del saldo de precio que quede adeudando el mandante y fijar el mejor «cash flow» en beneficio del mandante;
d) hacer transportar el [___] desde el país de origen y desaduanarlo;
e) pagar fletes nacionales y extranjeros, derechos, comisiones, créditos, intereses, despachador, impuestos, pre-entrega, en su caso, Notaría, Conservador, prenda, seguros, incluyendo el de terceros, etc.;
f) invocar los beneficios legales del caso;
g) obtener título de dominio inscrito del bien mueble a que se refiere este instrumento, en su caso;
h) reclamar, ante los fabricantes, de la calidad de la mercadería importada.
TERCERO. El precio que debe pagar el mandante, en virtud del presente contrato, es la suma, en su equivalente en pesos, de US$[___]. Este precio incluye todos los gastos relacionados con las gestiones enumeradas en la cláusula segunda, como, asimismo, la comisión de la mandataria, que corresponde a un [___]% del precio. El precio se pagará en la siguiente forma: [___].
CUARTO. Dicho precio no cambiará por ninguno de los capítulos enumerados, salvo lo siguiente: a) aumento del precio CIF;
b) cambio de modelo, para lo cual se deberá contar con el consentimiento del mandante;
c) variación de los gravámenes e impuestos fiscales y los de aduanas.
QUINTO. La entrega programada del bien ya individualizado a que se refiere ese instrumento, se hará en el plazo de [___] días, a contar desde [___]. El atraso en la entrega material del bien importado, no será causal para solicitar el desistimiento de la operación pero sí procederá una rebaja de [___] pesos diarios imputables al porcentaje que le corresponda a la mandataria por concepto de comisión. Si el mandante se desiste de seguir adelante con la operación, por cualquiera causa, la mandataria se obliga a devolver el [___]% de la suma pagada, en las siguientes condiciones: [___]. Los gastos efectuados hasta ese entonces serán de cargo del mandante. La mandataria podrá, en tal caso, cambiar el destino final de la mercadería importada.
SEXTO. Se eleva a la calidad de esencial de esta convención, el que el mandante no deberá pagar nada más que el precio convenido y los ajustes expresamente indicados en su caso. No ocurrirá lo mismo con la mandataria, la cual asume todo pago de cualquiera especie que deba efectuarse y que no esté contemplado en este contrato; pero no estará obligado a devolver los saldos que queden en su favor. Ese saldo corresponderá a su comisión y al IVA correspondiente, en la proporción que indica la ley.
SÉPTIMO. La mandataria deberá otorgar todas las garantías hipotecarias y prendarias que indique el Banco en su favor, en su caso; y deberá consentir, por el poderdante, cualquier otro documento que se requiera para llevar a efecto la operación programada, ante cualquiera autoridad, organismo, Banco o institución, sea nacional o extranjero.
OCTAVO. Cualquier dificultad o controversia que se susciten entre las partes respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución de este contrato o cualquier otro motivo será sometida a arbitraje, conforme al Reglamento Procesal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago, vigente al momento de solicitarlo. Las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a petición escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro arbitrador de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Cada accionista podrá inhabilitar, sin expresión de causa, hasta [___] árbitros de aquellos designados por el Centro. En contra de las resoluciones del arbitrador no procederá recurso alguno. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.
NOVENO. Para los efectos de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de [___].
En comprobante, firman [___].